Impuestos de una propiedad en Costa Rica: cuáles son y cuánto se paga
Actualizado el 2026-08-26
Tener una propiedad en Costa Rica cuesta algo todos los años, y comprarla cuesta algo una vez. Son cosas distintas y se confunden seguido. Esta guía separa los impuestos que se pagan por ser dueño de los que se pagan al traspasar, con quién los cobra y cada cuánto.
El impuesto que se paga todos los años
El impuesto sobre bienes inmuebles lo regula la Ley N.° 7509 y lo cobra la municipalidad del cantón donde está la propiedad, no el gobierno central. La tarifa es del 0,25% anual sobre el valor registrado del inmueble.
Se puede pagar de una vez al año o por trimestres, según lo que ofrezca cada municipalidad. Varias dan un descuento a quien paga todo el año por adelantado, así que conviene preguntar antes de pagar por partes.
El valor registrado no es el precio de mercado: es el que consta en la municipalidad. Suele ser bastante más bajo, y por eso el monto anual sorprende poco a quien lo paga por primera vez.
La declaración cada cinco años
Quien es dueño de un inmueble debe declarar su valor ante la municipalidad al menos cada cinco años. Si no se declara, la municipalidad puede hacer una valoración de oficio, y esa suele quedar más alta que la que habría declarado la persona.
Es un trámite corto y gratuito en la mayoría de los cantones, pero se olvida con facilidad porque no llega ningún aviso.
El impuesto solidario, o "de casa de lujo"
La Ley N.° 8683 creó un impuesto adicional para las viviendas cuyo valor de construcción supera un monto que el Ministerio de Hacienda actualiza cada año. No aplica a la mayoría de las casas, pero sí a un rango alto que conviene verificar antes de comprar.
A diferencia del impuesto municipal, este se declara y se paga directamente a Hacienda, y se calcula sobre el valor de la construcción más el del terreno cuando se supera el umbral.
Lo que se paga al comprar
El traspaso de un inmueble paga un impuesto del 1,5% sobre el valor de la transacción, regulado por la Ley N.° 6999. Se paga una sola vez, en el momento de inscribir el traspaso.
A eso se suman los timbres registrales y los honorarios del notario, que en conjunto suelen llevar el costo total del cierre a un rango cercano al 3,5% del precio. Quién paga qué es negociable entre las partes: la costumbre más extendida es partirlo por mitades, pero no es una obligación legal.
La calculadora de CasaTica estima estos montos a partir del precio y la moneda de la propiedad, para que el número no aparezca recién en la notaría.
Si la propiedad se alquila
El ingreso por alquiler tributa aparte de los impuestos anteriores. Existe un régimen de rentas de capital inmobiliario con una tarifa reducida y también la posibilidad de tributar dentro del impuesto sobre las utilidades, según la situación de cada persona.
Cuál conviene depende de si hay más ingresos declarados, de si la actividad tiene empleados y de otros factores. Es exactamente el tipo de decisión que conviene consultar una vez con una persona contadora antes de elegir, porque cambiarla después no siempre es inmediato.
Esta guía es informativa y no sustituye asesoría legal ni contable. Las tarifas y los umbrales pueden cambiar: verificá siempre con la municipalidad, con Hacienda o con una persona profesional antes de tomar una decisión.